La factura de la luz esta formado por dos importes: un coste fijo por disponer de electricidad, que se basa según los kW de potencia contratada y, por otro lado, un coste variable según la electricidad consumida. Ambos varían en función de la tarifa que se tenga contratada además de añadir otros conceptos (impuestos, alquiler del contador, otros servicios…). A todo ello hay que diferenciar si tienes contratado precios según el mercado regulado o el libre.
- Nombre de la compañía, que permite saber si estamos en el mercado libre o regulado.
- Periodo de consumo. Pasa de bimestral o mensual en el momento en que se tiene el nuevo contador con telegestión instalado.
- Referencia o identifación del contrato de suministro.
- Peaje o tarifa de acceso en función de la potencia contratada y si tienes o no tarifa de discriminación horaria (DHA o A). El importe es fijado por el Ministerio. Con este concepto pagas por el uso de las redes de transporte, distribución y otros costes regulados.
- Potencia contratada. La mayor parte de los hogares tiene entre 3.3 y 4.6 kW. Por debajo de 3 kW se puede pedir el bono social, y por encima de 10 kW ya no se tiene derecho a la tarifa PVPC del mercado regulado.
- Facturación por potencia contratada. Se paga aunque no haya consumo. Por eso, cuanto mayor sea la potencia, más pagas.
- Facturación por energía consumida.
- Impuesto sobre la electricidad, es el 5,1127% .
- Alquiler de equipos de medida. Está regulado por la Administración y se calcula multiplicando el nº de días del período de facturación por el precio del alquiler del contador, salvo que el contador sea suyo. En el mercado libre además se podrán añadir otros servicios (mantenimiento, seguros, etc.) que no estás obligado a contratar.
- IVA. Se aplica el tipo del 21% al total de la factura.
- Gráfico de consumo que permite ver la evolución del consumo.
- Quienes tengan Bono Social aparecerá el concepto Descuento por Bono Social.