Estudio Básico de Seguridad + Salud en Instalaciones eléctricas | Trámites + Requisitos + Características + Medidas Preventivas Obligatorias


Estudio Básico de Seguridad + Salud en Instalaciones eléctricas | Trámites + Requisitos + Características + Medidas Preventivas Obligatorias

1. ¿Qué artículo es el que define la Obligatoriedad de Estudio o Estudio Básico de Salud? Artículo 4 del Real Decreto 1627/1997 del 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. 

2. ¿Qué debe contener un Estudio Básico de Seguridad y Salud como mínimo? El estudio básico deberá precisar las normas de seguridad y salud aplicables a la obra. A tal efecto, deberá contemplar la identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando las medidas técnicas necesarias para ello; relación de los riesgos laborales que no puedan eliminarse conforme a lo señalado anteriormente, especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos y cuando los que se haya finalizado la obra valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas. En su caso, tendrá en cuenta cualquier otro tipo de actividad que se lleve a cabo en la misma, y contendrá medidas específicas relativas a los trabajos incluidos en uno o varios de los apartados del anexo II. 

3. Extrae 3 medidas preventivas y 4 obligaciones de los trabajadores autónomos en un Estudio Básico de Seguridad y Salud. 
Medidas preventivas:
  • Redes horizontales y verticales
  • Evacuación de escombros 
  • Escaleras auxiliares adecuadas
Obligaciones de los trabajadores autónomos: 
  • Mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza.
  • Recogida de materiales peligrosos utilizados. 
  • Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del Coordinador en materia de seguridad y salud. 
  • Elegir y utilizar equipos de protección individual en los términos previstos en el Real Decreto 773/1.997. 
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4. Partes Obligatorias de un Proyecto Eléctrico. 
  • Memoria 
  • Planos
  • Presupuesto
  • Pliego de Condiciones 
  • Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico de Seguridad y Salud 
5. ¿Por qué el proyectista debe estar colegiado? El proyecto técnico se presenta al visado en el Colegio Profesional al que pertenece el técnico que lo confecciona. El visado sirve para comprobar la identidad como titulado y colegiado del que lo elabora y firma y que no tiene errores. Es la garantía que tiene el cliente y la administración de que el trabajo es correcto y está hecho por un profesional.

6. ¿Qué datos deben figurar en todos los planos de un proyecto eléctrico? En todos y cada uno de los planos deben incluir la fecha de acabo del proyecto escrito, firma, nombre, apellidos del técnico proyectista y número de Colegiado.

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7. ¿Qué determina si se precisa de un Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico de Seguridad y Salud? El promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio de seguridad y salud en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes: 
  • Que el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 450.000 € 
  • Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente. 
  • Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500.
  • Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas. 
En los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio básico de seguridad y salud.

8. Del siguiente Manual de Uso y Mantenimiento de un Edificio, observa la parte relativa a la electricidad.


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9. Del siguiente manual de uso y mantenimiento en Centros Educativos, extrae la  parte correspondiente a la electricidad.
  • Las instalaciones eléctricas comportan un peligro evidente. Por ello, está prohibido manipular, modificar, o reparar la instalación por personal que no sea instalador electricista autorizado por la Delegación Provincial competente. 
  • No se conectarán a las bases de enchufe aparatos de potencia superior a la prevista o varios aparatos que en su conjunto tengan una potencia superior. 
  • Si se apreciara calentamiento en los conductores o enchufes, deben desconectarse. 
  • Las clavijas o enchufes deben tener las patillas bien atornilladas, para evitar chispazos y calentamientos. 
  • Para la limpieza de lámparas y placas de mecanismos eléctricos, se deberán desconectar previamente. 
  • No se debe puentear, sustituir o anular, ninguno de los elementos de los cuadros de protección. 
  • En caso de interrupción continuada del suministro eléctrico, se deberán desconectar todos los aparatos conectados, para que no se dañen al restablecer el servicio.
  • Comprobar los interruptores automáticos diferenciales (I.A.D.) pulsando el botón de prueba. Si no se dispara, es que está averiado y no existe protección contra las derivaciones. Por ello, se deberá avisar a un instalador autorizado. 
  • No se deben enchufar las clavijas con las manos mojadas
  • No se deberán usar aparatos eléctricos con conductores sin aislante (cables pelados), ni clavijas o enchufes rotos. 
  • Al hacerse la limpieza, deberán desconectarse los aparatos de las tomas de corriente. 
  • No tire del cable al desconectar los aparatos. 
  • No deben acercarse los cables de alimentación de aparatos eléctricos a elementos de calefacción o a fuentes de calor. 
  • Si cayera agua sobre algún aparatos eléctrico, se desconectará el circuito y se efectuará la operación con las manos secas y los pies calzados. 
  • En caso de ausencia prolongada, se desconectará la instalación por medio del interruptor general.
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10. En una vivienda de un edificio de obra nueva. ¿Quién tiene que solicitar y firmar el certificado de instalación eléctrica de la vivienda? El instalador autorizado. 

11. Enumera los trámites antes y después de la ejecución de la instalación eléctrica que necesita proyecto. 
Trámites antes de la Ejecución
  • Visado (colegio profesional correspondiente).
  • Licencia para la ejecución de obra (Ayuntamiento). 
Trámites durante o después de la Ejecución
  • Libro de Órdenes. Debe reflejar en todas las incidencias, órdenes y asistencias que el Arquitecto o Director Técnico apreciase durante el desarrollo de la obra. Se presenta al finalizar las obras, junto con el certificado final de obra en el Colegio del Técnico que redactó y firmó el proyecto. 
  • Recepción. Consiste en la comprobación de la obra o producto realizado, verificando que cumple las especificaciones de funcionamiento y demás características. Si las pruebas son satisfactorias se firma el acta de recepción.
  • La autorización para una nueva instalación o modificación de una instalación eléctrica existente corresponde al Organismo competente de la Comunidad Autónoma (Dirección General de Industria y Competitividad).
  • Las Instalaciones Eléctricas deben tramitarse también ante la empresa suministradora de energía.
12. ¿Qué garantiza el libro de órdenes? El libro de órdenes constituye una garantía para el proyectista de que cualquier modificación o decisión en obra, se ha recibido por parte del constructor o instalador autorizado, ha sido visada por el colegio y el promotor ha sido advertido.